Así es la nueva ordenanza que regula el uso de bicicletas y vehículos de movilidad personal en Valladolid

Busca promover el uso de medios de transporte alternativos, asegurar la convivencia en la vía pública y adaptar la ciudad

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Así es la nueva ordenanza que regula el uso de bicicletas y vehículos de movilidad personal en Valladolid
Eva Martínez Miguel
Eva Martínez Miguel
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El Ayuntamiento de Valladolid ha aprobado el proyecto de ordenanza municipal reguladora del uso de bicicletas y vehículos de movilidad personal (VMP), así como la circulación por carriles especiales de tráfico rodado. Tal y como ha explicado el concejal de Tráfico y Movilidad, Alberto Gutiérrez,el objetivo de esta reforma es "mejorar la convivencia entre usuarios de la vía pública, reforzar la seguridad y promover una movilidad más sostenible y ordenada en el entorno urbano".

Novedades en la circulación de bicicletas

La nueva normativa establece una serie de reglas para la circulación de bicicletas en la ciudad. En vías de un solo carril por sentido, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril si la seguridad lo permite, mientras que en calles con al menos dos carriles por sentido, deberán usar el carril derecho, salvo por motivos de seguridad o al realizar cambios de dirección. Además, en algunas calles urbanas con límite de velocidad de 30 km/h, se permitirá circular en sentido contrario, si está específicamente señalado. Otra de las medidas destacadas es la posibilidad de adelantar en semáforos y retenciones, siempre que haya espacio suficiente.

En cuanto a las normas en aceras y zonas peatonales, se prohíbe circular por las aceras, aunque los menores de 12 años pueden hacerlo si van acompañados de un adulto. En zonas peatonales específicas, como calles comerciales durante fuera del horario de carga y descarga, se permitirá la circulación en ambos sentidos. En cuanto al transporte de personas, carga o mascotas, se autoriza siempre que la bicicleta cumpla con la normativa técnica y se utilicen los dispositivos adecuados, como remolques o asientos adicionales certificados.

Regulación para vehículos de movilidad personal (patinetes eléctricos)

Los vehículos de movilidad personal, como patinetes eléctricos, también están sujetos a la nueva normativa. Pueden circular por las vías ciclistas con las mismas condiciones que las bicicletas, pero deberán desmontar y cruzar a pie por pasos peatonales, a menos que haya un paso bici señalizado. Se prohíbe circular por las aceras y zonas peatonales, y se establece una edad mínima de 16 años para poder conducir un VMP. Además, será obligatorio el uso del casco, así como elementos de visibilidad en condiciones de baja iluminación. También se ha establecido la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil y de registrar los vehículos en un registro municipal para facilitar la identificación y prevenir robos.

Medidas para actividades económicas y profesionales

El uso de bicicletas o VMP para actividades profesionales, como el alquiler o uso compartido, estará sujeto a autorización municipal previa. Además, los conductores profesionales deberán cumplir con medidas como el uso de casco homologado y chaleco reflectante en condiciones de baja visibilidad, así como contar con un seguro de responsabilidad civil adecuado. En el ámbito del turismo y ocio, las empresas que alquilen estos vehículos también deberán contar con la autorización municipal correspondiente y seguir las normas de seguridad, asegurando que los vehículos estén en perfecto estado y cumplan con la normativa técnica.

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