El arrestado avisó a los agentes que una pareja, los verdaderos dueños de la vivienda, estaban intentando acceder a la misma por la fuerza
Visto para sentencia el juicio sobre el atropello tras una disputa de tráfico en Valladolid
La fiscalía mantiene su petición de nueve años de cárcel para el hombre que atropello a otro en la capital vallisoletana
Se mantiene la sentencia de nueve años de prisión por parte de la fiscalía para el hombre, Kristian I.A, acusado de un delito de asesinato en grado de tentativa contra otro en Valladolid tras arrollar a un hombre después de una disputa por una uestión de tráfico.
Ayer, 19 de febrero, comenzó el juicio y ha concluido este jueves 20 en la Audiencia Provincial de Valladolid, donde la defensa también ha sostenido su solicitud inicial para el procesado de tres meses de prisión por un delito de lesiones por imprudencia, con la eximente incompleta de esquizofrenia y atenuante de reparación del daño que ya ha sido abonada por el acusado.
Los hechos por los que se ha celebrado la vista oral ocurrieron sobre las 15.10 horas del 15 de diciembre de 2021 en la calle Guipúzcoa de la capital vallisoletana, tras una discusión entre procesado y víctima por un asunto de tráfico.
El fiscal ha considerado que el procesado arrolló a otro hombre con ánimo de "acabar con su vida", en contraparte la defensa ha establecido que el encausado dio marcha atrás para ponerse a la altura del otro conductor y hablar con él, sin que viera que al hacer esa maniobra le había arrollado."Yo no tuve intención de hacer daño a esta persona", ha asegurado el acusado cuando el magistrado presidente le ha dado la última palabra en el juicio.
Antes de que las partes elevaran sus conclusiones provisionales a definitivas, dos forenses que han comparecido como peritos y que hicieron un informe mental del acusado con fecha 23 de octubre de 2022 han explicado que el procesado padece un trastorno psiquiátrico grave, esquizofrenia.
Han revelado que el acusado fue diagnosticado en 2017, que desde 2018 dejó de tomar la medicación que le habían pautado y que en el momento de los hechos enjuiciados tenía alterada su percepción de la realidad ligeramente y sus capacidades se encontraban disminuidas, no anuladas.
Entre sus argumentos, el acusador público, que solo ha modificado en sus conclusiones lo concerniente a la responsabilidad civil, que ya se ha pagado, ha explicado que la velocidad a la que fue atropellado la víctima, cuando el procesado dio marcha atrás, fue a la máxima que podía desarrollar el vehículo.
Ha opinado que el encausado tuvo que ver por el retrovisor al hombre que resultó lesionado y, aunque solo la víctima dijo que en el último momento había dado un volantazo y le atropelló, el fiscal ha calificado como testigo privilegiado a la persona arrollada porque fue quien mejor pudo ver el turismo, ya que otras personas que lo presenciaron lo hicieron de manera perpendicular y así el muy difícil apreciar el giro.
El acusado tuvo "que representarse el alto grado de probabilidad de atropellar" a la víctima con el vehículo y tenia que saber que esa acción era idónea para matar. Ha expresado además que se trató de intento de asesinato porque hubo alevosía, ya que el ataque fue inesperado para la víctima, que no esperaba que en el último momento el vehículo cambiara la trayectoria, y porque la realización de esa acción con ese arma, un vehículo, no admite defensa una vez que el perjudicado es alcanzado.
"Fue un desafortunado accidente derivado de una discusión de tráfico", ha defendido la letrada del procesado, para la que la acusación contra el encausado solo se ha basado en la declaración de le víctima, "que solo ha pretendido exculpar la participación activa" que tuvo en esa disputa.
Para la abogada, el hombre que resultó atropellado mantuvo una actitud desafiante y provocadora, se situó en la calzada, quería continuar esa discusión de tráfico y varios testigos describieron su estado como muy agresivo, como valiente o gesticulando mucho.
El acusado solo cometió el error de volver marcha atrás, no para atropellarle, sino para hablar con él, pero el hombre que resultó afectado se puso en la calzada y el acusado le atropelló porque no le vio, ha agregado.
Ha señalado que, si el coche del acusado hubiera dado un volantazo, habría impactado contra otros coches allí estacionados y habría dejado rodadas, lo que no se apreció en el lugar de los hechos.
La defensa además ha argumentado que la víctima vio el vehículo marcha atrás y permaneció en la calzada, cuando podía haberse resguardado; que el perjudicado no sufrió ninguna lesión que comprometiera sus estructuras vitales y que no ha sufrido secuelas, además de recalcar que el acusado, por la esquizofrenia que sufre, tuvo afectadas sus capacidades volitivas e intelectivas.
El accidente se ha registrado en la CL-600, justo a la altura del kilómetro 17, entre el municipio vallisoletano de Boecillo y la urbanización el Otero
Confirman que no se han registrado incidentes de carácter grave, pese a llevar a cabo más de 60 servicios de carácter humanitario
Estuvieron presentes efectivos de la Guardia Civil, Protección Civil y Ejército de Tierra