Valladolid regula las viviendas de uso turístico para evitar el intrusismo en el alojamiento vacacional

El Ayuntamiento junto a asociaciones del sector hotelero trabajan para controlar la situación de estos pisos

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Valladolid regula las viviendas de uso turístico para evitar el intrusismo en el alojamiento vacacional
Javier Hernán Bouzo
Javier Hernán Bouzo
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Raquel Alonso, delegada territorial de la Junta en Valladolid, junto a Carmen Villa, jefa del Servicio Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de la Junta de Castilla y León y Blanca Jiménez, concejala de Turismo, Eventos y Marca Ciudad del Ayuntamiento de Valladolid han tenido una reunión para discutir la situación actual y poder poner fin a la oferta de viviendas turísticas que no cumplan con la normativa recogida dentro del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid.

En el año 2020, de acuerdo con la revisión del plan anterior, se estableció como requisito que, para poder constituirse viviendas de uso turístico en la capital, deben situarse en alojamientos de plantas bajas, locales o bien destinarse todas las plantas del edificio a la misma actividad.

Conforme a la normativa que regula las viviendas de uso turístico, desde la Sección de Turismo de la Junta de Castilla y León en Valladolid, entre otras funciones, se tramitan las declaraciones responsables para el acceso a la actividad turística y la prestación de servicios turísticos y se anotan y actualizan los datos del Registro de Turismo de Castilla y León y del censo de promoción de la actividad turística de Castilla y León.

Así, entre las principales actuaciones llevadas a cabo por la Junta se procede a la revisión de todas las entradas de declaraciones responsables con el fin de inscribirlas en el Registro de Turismo de Castilla y León y se comprueba, mediante un estudio riguroso, el cumplimiento de todos los requisitos normativos, según la modalidad de establecimiento turístico, en materia de urbanismo; construcción, y edificación; sanidad y consumo; seguridad; prevención de incendios; protección civil, accesibilidad y supresión de barreras físicas y sensoriales; higiene; protección del medio ambiente y cualquier otra que resulte de aplicación.

En el caso de observar alguna incoherencia o la falta de algún documento necesario en esa declaración, se reclama al titular del establecimiento turístico la documentación necesaria para su comprobación.

Durante el transcurso de la actividad, se está pendiente de la existencia de alguna modificación o reforma sustancial que pueda afectar a la clasificación, categoría o especialización, así como al cese de la actividad turística. Cualquier comprobación de inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial a lo largo del tiempo en que está activo ese establecimiento turístico conlleva la cancelación de la inscripción y la imposibilidad de ejercer esa actividad.

Hay que tener en cuenta que tanto los apartamentos turísticos como las viviendas de uso turístico son dos modalidades de alojamiento cada vez más demandadas. Por ello, la Junta de Castilla y León apuesta por mantener una estrecha colaboración con otras administraciones públicas, como el Ayuntamiento de Valladolid, y demás asociaciones del sector que ponga de manifiesto la coordinación y el trabajo conjunto que realizan para asegurar el control de las viviendas de uso turístico que actúan sin estar dadas de alta en el Registro de Turismo de Castilla y León con el objetivo de dotar de mayor calidad y transparencia al sector turístico y ofrecer así un mejor servicio al ciudadano.

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