Aprobadas las bases y la convocatoria de subvenciones al desarrollo de proyectos en materia de infancia para 2025

Cada entidad sólo podrá presentar un proyecto y el coste total del mismo será de un máximo de 13.000 euros y el importe concedido será de un máximo de 2.000

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Aprobadas las bases y la convocatoria de subvenciones al desarrollo de proyectos en materia de infancia para 2025
Niños a la puerta de un colegio.
L.S.J
L.S.J
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El Ayuntamiento de Valladolid ha aprobado en la Junta de Gobierno Local de esta semana las bases y la convocatoria de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro destinadas al desarrollo de proyectos en materia de infancia durante el ejercicio 2025, que cuenta con un presupuesto de 16.800 euros.

El objeto de la convocatoria a la que se le ha dado luz verde es la realización de proyectos dirigidos a menores, entre 0 y 13 años, relacionados con la sensibilización sobre los derechos de la infancia, fomentando su participación, siempre que estos proyectos no estén incluidos en los planes de estudios escolares.

Cada entidad sólo podrá presentar un proyecto y el coste total del mismo será de un máximo de 13.000 euros. El importe concedido por entidad no podrá superar los 2.000 euros.

Requisitos

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades privadas sin ánimo de lucro que trabajen con menores y que en la fecha de solicitud reúnan los siguientes requisitos:

  1. Estar legalmente constituidas y poseer el número de identificación fiscal.
  2. Tener sede abierta o contar con delegación en Valladolid.
  3. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Valladolid y la Hacienda Pública y de sus obligaciones con la Seguridad Social.
  4. Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones, actualmente denominado Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Valladolid. En el caso de no tener forma jurídica asociativa, estar inscrito en el registro que corresponda.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de un extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.). En caso de que el último día del plazo, sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

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